En los Nuevos Tiempos, el Estado sigue estando integrado por una comunidad o por varias de ellas, de acuerdo con lo que las diversas tradicionales culturales y hechos históricos aportan.Desde esas posibilidades, el Estado ha variado notablemente su posición de ancla cerrada en un espacio del planeta, para suponer un lugar abierto y permeable que busca el punto de encuentro que subraya la coincidencia y acoge la diferencia.
Otra variación muy significativa es la relación que las personas mantienen con el Estado. Una relación perfectamente observable, pero que no deja de ofrecer alguna dificultad a los narradores cuando tratan de definirla con precisión. Anotan que el deseo de un Estado perfectamente capaz se combina con el rechazo a su omnipresencia. Sus testimonios coinciden respecto a que las personas no entregan su libertad al Estado y tampoco forma parte de su voluntad caer en una situación de dependencia respecto a él. Consideran que sus misiones son muy importantes, pero que eso no debe hacer que ocupe el espacio que corresponde a los ciudadanos. Nadie espera que el Estado resuelva ningún asunto que las personas, trabajando juntas, puedan resolver por y desde sí mismas. Los Nuevos Tiempos son herederos de la formulación que expone que la pregunta correcta no es qué puede hacer la comunidad por una persona, sino qué puede hacer esa misma persona por su comunidad.
(Si te perdiste la tercera parte, puedes leerla aquí. La economía)
La Tarea
Cada comunidad define en cada momento cual debe ser la tarea del Estado, y siempre desde la diversidad, puede observarse como, en general, esa tarea no es tanto la de hacer, como la de velar que todo se haga de la forma que todos han decidido. El Estado no interviene de forma directa, salvo en los ámbitos en los que se ha decidido que así sea. Su misión pasa mucho más por las acciones de regular, controlar, asegurar, redistribuir y sancionar cuando es necesario.
Naturalmente el Estado también acoge en su misión la acción de impulsar, cuando así le es demandado. Sin embargo, la dinámica social descansa de manera central sobre la actuación de un rico entramado asociativo que a través de sus múltiples expresiones, asume conscientemente que debe ser él quien realice propuestas y ofrezca alternativas ante las dificultades. Son las personas multiorganizadas civilmente quienes marcan el ritmo de la vida común y el Estado sirve a ese propósito. El despertar de la conciencia es, antes que nada, una apelación a la acción personal en pro de la comunidad.
Si aquello que debe hacerse puede ser asumido desde el conjunto social, es desde ese lugar que se hace de forma preferente. La resultante conjunta es la existencia de un Estado omnipresente en la regulación y el control derivado, que ostenta la titularidad indiscutible de todo aquello que deba ser asegurado para todos, que hace efectiva la redistribución de lo que así deba ser tratado y que también está dotado de poder sancionador, pero que, salvo lo estrictamente necesario, no obra directamente, no hace, ya que eso le corresponde a la sociedad a través de su propia capacidad organizativa.
En el tránsito se escucharon voces que apuntaron a un rol mucho más activo del Estado, más intervencionista y donde fuera él quien llevara a cabo por si mismo numerosas actividades. El fructífero intercambio de ideas permitió perfilar numerosas cuestiones pero finalmente se concluyó que la idea global acerca del tamaño resultaba de aplicación al Estado, y por tanto resultaba armónico y proporcionado que el mismo tuviera límites.
Los Servicios Públicos
El papel del Estado en cuanto ejecutor material de determinados Servicios Públicos queda fuera de toda duda en los Nuevos Tiempos. Cuestiones como la Justicia, las Infraestructuras, las Relaciones con otras comunidades o la Seguridad interna y externa quedan siempre dentro de la acción directa, personalista, del Estado.
El debate en torno al Estado y la prestación de Servicios Públicos, se planteó especialmente respecto a aquellos ámbitos que se había decidido excluir del mercado prácticamente siempre, como eran la educación y la sanidad y lo que en su conjunto podía ser denominado como Servicios Sociales. En cualquier caso y en todos ellos quedaba fuera de toda duda la titularidad del Estado sobre la prestación de esos servicios. La obligación de prestarlos, de garantizar su universalidad, le correspondía. El debate, por tanto, no se refería a esa cuestión sino a la ejecución de los mismos. El encaje final más adoptado se basó en observar en primer lugar si el entramado civil era capaz de aportar organizaciones capaces de prestar esos servicios, y si era así, que fueran ellas las que los realizaran, de forma que donde no alcanzara la capacidad de las mismas sí debía llegar el Estado, pero solo después y no antes.
El resultado actual es una más que acertada combinación de acción pública y civil desarrollada habitualmente a través del emprendimiento colectivo, un emprendimiento basado en muchas ocasiones en las ideas aportadas por el cooperativismo. Esta combinación es capaz de satisfacer una cuestión central: la necesaria ausencia de lucro de las entidades y empresas que prestan materialmente esos servicios, ya que se considera que el servicio al bien común excluye, de manera natural, la posibilidad de lucro individual y concreto de nadie.
La Fiscalidad
Los Nuevos Tiempos contemplan la fiscalidad como una derivada natural de los mandatos centrales que cada comunidad define. Es una fiscalidad marcada por un objetivo central de redistribución ya que, como la economía, se encuentra directamente orientada al logro de la cohesión social. El sistema fiscal se basa fundamentalmente en la proporción y solo cambia ese criterio cuando se encuentra ante lo desproporcionado, generando, entonces, otra desproporción que lo compensa.
Un ejemplo de proporción muy extendido se da con la fiscalidad de los beneficios de las empresas, en tanto que la empresa demuestre su aportación, en los niveles adecuados, al logro de la cohesión social, no cabe gravar más sus beneficios, ya que si el objeto central de la economía ya ha sido servido no cabe redistribuir nada desde ese punto de vista. En la práctica muchas comunidades optan por un gravamen simbólico del 1% de los beneficios de las empresas.
La fiscalidad que grava el consumo y los intercambios económicos, encuentra su sentido de la proporción a partir de considerar el interés de la comunidad respecto a la realización de esas actividades. El concepto de necesidad también es tenido en cuenta y el gravamen efectivo, el impuesto a pagar, se gradúa considerando todo eso y los requerimientos globales de recaudación. Asimismo se tiene en cuenta que esta imposición no se caracteriza especialmente por su carácter redistributivo, lo que hace necesario su mantenimiento en el mínimo que resulte sostenible.
El exponente central de la visión respecto a la fiscalidad es la que se refiere a la persona. Se traduce en tres figuras impositivas: La Renta de las personas, su Patrimonio y su Sucesión. En los tres casos es nuevamente la proporción la que marca la redistribución y la ausencia de la misma la que implica una acción fiscal de mayor alcance. Si la renta de alguien, su patrimonio y aquello que deja a sus herederos se encuentran dentro de los límites aceptados con carácter general, no cabe una acción redistributiva superior a la que se deriva de que a mayor renta, patrimonio o herencia, mayor contribución. La cuestión es diferente cuando aparece aquello que se considera desproporcionado. De este modo, las rentas de capital son especialmente gravadas cuando superan ciertos límites. Ocurre lo mismo con el patrimonio personal cuando incurre en desproporción. Las herencias también pueden incurrir en esa desproporción cuando se pretende heredar el esfuerzo, de forma que los herederos no tengan necesidad de él para obtener sus medios de vida.
Los Organismos Reguladores de Mercado
Los Nuevos Tiempos asumen plenamente que el mercado carece de la capacidad para auto regularse, por lo que pese a basarse en una actuación personal constante y coherente, la misma debe verse apoyada por la presencia de organismos, que reciben el nombre genérico de Organismos Reguladores de Mercado. La misión de estos organismos es fundamental por cuanto el Estado asume una cierta limitación de su tamaño, que debe verse compensada con una capacidad de acción tan profunda como sea necesaria cuando el bien común puede ser puesto en riesgo.
El desarrollo económico se basa en la misma cuestión común que todo lo realizado: un movimiento permanente dirigido hacia la búsqueda y manifestación de la belleza del ser humano. En la medida que ese movimiento está totalmente extendido, numerosas manifestaciones contrarias a ella tienden a desaparecer o en cualquier caso, a tener una menor incidencia. Sin embargo, la constante de la presencia de los movimientos de flujo y reflujo es propia de las cosas humanas. En el tránsito se llegó a la conclusión de que aquello que era admisible, por natural, en una actuación humana concreta, no podía impactar decisivamente en la nueva construcción colectiva. Solo la voluntad común podía decidir una involución, si era el caso, y no podían hacerlo algunas voluntades que, por cualquier razón, no quisieran sumarse al movimiento global. Apoyar constantemente la acción de la gran mayoría frente al desajuste que una minoría pueda ocasionar, dio paso a la concepción que finalmente desarrolló el actual estado y poder de los Organismos Reguladores de Mercado.
Los Organismos Reguladores de Mercado están dotados de un amplio poder ejecutivo que llega a la posibilidad de suspender inmediatamente, con o sin carácter cautelar, cualquier actividad económica sobre la que hayan llegado al convencimiento de que está prescindiendo del bien común en su desarrollo. Esto atañe fundamentalmente a las empresas y sus productos en relación con la cohesión social, al sistema financiero y a los medios de comunicación respecto a su independencia, si bien es cada comunidad la que ha decidido la profundidad de su aparato regulador creando tantos organismos y tan especializados como ha considerando conveniente.